sábado, 14 de enero de 2012

SANA CRITICA

El método de la sana critica consiste en considerar un conjunto de normas de criterios de los jueces, basadas en pautas de la lógica , la experiencia y la psicología, y aún del sentido común, que aunadas llevan al convencimiento humano.
Las reglas de la Sana Critica están integradas, por una parte con los principios fundamentales del intelecto humano, pilares de todo conocimiento racional e instrumento de certeza, en su camino hacia la verdad lógica y ontológica, y por otra parte por las reglas empíricas denominadas máxima de experiencias.
Esa libertad dada por la Sana Critica, reconoce un límite Que es el respeto a las normas que gobiernan la corrección del pensamiento, es decir las Leyes de la lógica, de la Psicología y de la experiencia común, por lo que es exigible que las conclusiones a que se arriben sean del fruto racional de las pruebas del proceso, sin afectación del principio lógico de razón suficiente, que exige la prueba en que se funde solo permita arribar a una única conclusión y no a otra, debiéndose no solo respetar aquellos principios sino además, los de identidad, contradicción, y tercero excluido.

Pero, vemos con asombro que el 90 % de los Magistrados, desoyen este principio, que debe regular la Sana Critica Judicial, y en la mayoría de los casos, solo aplican LA INTIMA CONVICCIÓN.
Ello significa, que solo fundamentan sus resoluciones, en lo que ellos piensan, pero se apartan de las pruebas del proceso, y violan la aplicación del método de la libre convicción o sana critica judicial, nuestra legislación prohibe a los magistrados aplicar la intima convicción, (o sea resolver sobre lo que ellos piensan), sino que deben fundamentar sus resoluciones bajo las pruebas del proceso y aplicar la sana critica, acompañada de una prueba acabada y directa, algo que en el 90 % de los casos no se realiza, por que para hacer cumplir la ley, los encargados de hacerla cumplir la violan constantemente.
El método ilegal que emplean la mayoría de los magistrados, es el de la Intima Convicción, que es el método que se aplica por Ej. en los juicios por jurados, donde el jurado falla sobre su convencimiento personal, desconociendo las razones de derecho que posibilitan un mejor entendimiento del razonamiento a emplear.
Es por eso, que si la ley obliga a los magistrados apartarse de la intima convicción y la mayoría la usa, lo que están constantemente haciendo es violar nuestro ordenamiento jurídico, y de esa forma desnaturalizan nuestro estado de derecho, convirtiendo a la justicia, en la reina de las injusticias.

Este razonamiento expuesto comprende la razón jurídica de lo que contiene el método de la Sana Critica Judicial o Libre Convicción, ello significa, que los magistrados, en el momento de fallar, sentenciar, deben aplicar este método, que consiste en fundar su resolución no en su convencimiento personal, no en lo que ellos piensen, sino que deben hacerlo de una forma razonada y aplicar la sana critica, es decir que su convencimiento debe realizarce mediante las pruebas aportadas al proceso y no apartándose de ellas, deben contar con certeza apodictica, y a través de ella aplicar la sana critica judicial, que no es lo mismo que la INTIMA CONVICCIÓN.

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